Señala María Teresa Covisa en este artículo la necesidad de las Administraciones de dar respuestas más ágiles y eficientes para responder a las necesidades generadas por la crisis sanitaria.

Para ello será necesario un buen plan estratégico y una revisión de los procedimientos.

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En El Estado David, Agustín García Inda propone la teoría de las tres eses, un conjunto sistematizado de criterios para suprimir lo accesorio y así garantizar lo esencial; sustituir obsoletas fórmulas de regulación, financiación y gestión por otras más eficientes y menos invasivas; y, finalmente, simplificar la actuación administrativa.

Uno de los grandes retos políticos de los próximos años será el de reformar los sistemas de gobierno para asegurar el bienestar social. Con El Estado David se propone un camino para esa reforma: extender el modelo del Estado garante al conjunto de los servicios públicos; un modelo en el que, como decían Osborne y Gaebler (1993), el Gobierno lleve el timón pero deje que sea la sociedad la que reme.

El sector donde más se proyecta la utilización por parte de las Administraciones Públicas de la figura de los premios, como medio de estímulo y reconocimiento a un ámbito de actividad, es el cultural. La monografía se orienta al estudio, desde una perspectiva jurídica, de una temática poco tratada por la literatura jurídica que es la de los premios públicos tan ampliamente utilizada por la Administración pero insuficientemente estudiada. Se inicia el libro con consideraciones generales para después profundizar en las similitudes y diferencias - muy considerables en los que son concedidos sin solicitud de los beneficiarios, que son mayoritarios en el ámbito cultural- que existen entre los premios con respecto a las subvenciones públicas. Se desciende al estudio de los distintos premios culturales públicos que otorga, dentro de la Administración del Estado, la Administración cultural. Se trata de un extraordinario número de premios que afectan a todos los subsectores que integran el sector cultural (libro y lectura, artes plásticas, artes escénicas y musicales, audiovisual, archivos y bibliotecas y patrimonio) y que supone analizar desde premios de extraordinaria proyección pública (el de literatura Miguel de Cervantes o el Velázquez de las Artes Plásticas), pasando por los prestigiosos Premios Nacionales (totalizan hasta 31 de las distintas manifestaciones culturales), incluso los que tienen cofinanciación pública, sin olvidar a aquellos premios que tienen mayor encaje en la figura de las subvención ni las condecoraciones culturales. Por último hay un apartado específico que recoge el régimen de tributación de los premios y donde se analizan las previsiones que afectan tanto a los concedentes de los premios como sobre todo a los premiados teniendo en cuenta la distinta naturaleza del objeto del premio y de los beneficiarios. La utilidad de la publicación se proyecta tanto en el ámbito de la gestión pública como en todo el sector privado que forme parte del sector cultural y por extensión de aquel que pueda tener la condición de beneficiario de un premio.

El juramento, o la promesa como alternativa, es una realidad viva en nuestra sociedad, a pesar de la tendencia casi instintiva a considerarlo una tradición rémora del pasado con poca virtualidad en nuestros días. Así lo atestiguan no sólo el interés mediático que acaparan algunos actos de jura, sino especialmente la diversidad de juramentos y promesas vivos en nuestro ordenamiento jurídico en todos los ámbitos de la vida pública. Esta obra aborda el régimen jurídico y práctica del juramento como expresión pública y explícita de la sujeción constitucional de prácticamente cualquier función que esté llamada a surtir efectos públicos en España. El abanico de los distintos juramentos en nuestro ordenamiento es tan sorprendente como rico en matices, desde el juramento regio, el único regulado en nuestra Constitución, hasta los juramentos de particulares que despliegan efectos públicos pasando por el juramento parlamentario, el gubernamental, el administrativo o el judicial. Tal despliegue conduce a la conclusión de quela función que se encomienda al juramento es valiosa para la sociedad, o al menos así lo entiende el legislador, que perpetúa su exigencia y práctica, y además lo actualiza silenciosamente en sucesivas reformas.Qué función tan valiosa es esa? Sencillamente la de servir de garantía máxima de fiel observancia y acatamiento constitucional, garantía que mueve a la reflexión sobre el valor del compromiso ante la comunidad de los responsables públicos.

España se enfrenta ante el reto de avanzar hacia una sociedad cohesionada y próspera durante la próxima década. Para ello deberá disponer de una Administración pública de vanguardia que permita responder a los requerimientos planteados por la complejidad actual y prestar servicios con niveles de calidad homologables a los países más desarrollados de nuestro entorno. Ahora que termina una década y se inicia la siguiente es conveniente una reflexión sobre cuáles serán los desafíos a los que tendrá que enfrentarse el sector público en los próximos años, con propuestas que atisben cuáles serán los atributos y rasgos más significativos que deberá incorporar la Administración pública y las líneas de actuación para alcanzarlos.

Este informe, aunque ha sido elaborado por Rafael Catalá y Óscar Cortés, directores de Investigación del Observatorio, recoge las principales ideas que se plantearon en un encuentro de expertos celebrado el pasado 25 de junio de 2019 en Madrid bajo el título “La Administración 2030: una visión transformadora”. Entre ellos se encuentran otros tres Administradores CIviles del Estado: Manuel Arenilla, Dolores Carrión, y Elena Collado. 

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