En el siguiente artículo realiza Jiménez Asensio un análisis de la dirección pública. Existen tres formas de cubrir los puestos directivos: el político, el corporativo-burocrático y el profesional.

Señala que en el caso de cubrir el puesto con una decisión política, esa persona será elegida de modo totalmente discrecional, sin ningún requisito o exigencia y con la opción de un cese también discrecional.

En el caso de la elección burocrática, se designará mediante los sistemas de provisión previstos en la normativa de función pública. En España, se aplica a los puestos de dirección intermedia, y aunque el nombramiento y cese sigue siendo discrecional, ser funcionario público es un requisito.

Por último, en la decisión profesional, la Dirección Pública Profesional (DPP), es necesaria una definición previa del perfil del candidato, y posteriormente una convocatoria de un procedimiento competitivo y abierto.

En el caso de España, los niveles directivos superiores se cubren habitualmente por criterios políticos o con funcionarios del grupo A1 y los niveles directivos intermedios (o de segundo nivel) se cubren también, en su mayor parte, por procedimientos de provisión de libre designación entre funcionarios públicos (A1).. Pero en ambos casos, se les puede cesar arbitrariamente.

En conclusión, señala Jiménez Asensio que la DPP no ha sido implementada en ninguna de nuestras Administraciones públicas. Para llevar a cabo el cambio, según él, es necesario por un lado un liderazgo político y por otro una ley que regule un Sistema de Alta Dirección Pública.

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